Sáb, 22.Sept.2018 | Por Ji.gov.do
Hipoteca Convencional.
Documento Base:
Acto de Hipoteca.
Acto bajo firma privada, que incluya:
1. Generales completas de las partes.
2. En caso de que actúe un mandatario o se trate de una persona jurídica, debe figurar en el acto las generales completas del representante legal o quien ejerce el mandato.
3. Identificación correcta del inmueble.
4. Firmado por las partes con la misma rúbrica que la cédula de identidad y electoral.
5. Legalizadas las firmas por Notario Público.
6. Matrícula del Notario Público.
Acto auténtico (Primera copia auténtica), que incluya:
1. Generales completas de las partes.
2. Identificación correcta del inmueble.
3. Registrado en Registro Civil.
Documentos Anexos:
Duplicado del Certificado de Título o Constancia Anotada Original Poder de representación (en caso de ser necesario).
- Original.
- Enunciación específica sobre sujeto, objeto y causa de la operación.
Nota: si el poder ha sido dado en el extranjero debe estar debidamente apostillado o, para aquellos países que no son signatarios del Tratado, debe ser remitido por vía del Consulado correspondiente y el Ministerio de relaciones Exteriores.
Copia de Cédula/RNC del propietario, o Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (donde se haga constar el RNC).
- Legible.
- De ambos lados (cédula).
Nota: Si se trata de extranjero, pasaporte e identificación oficial del país de que se trate (como 2do documento adicional).
Copia de Cédula/RNC de la persona a favor de la cual se inscribe, o Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos donde se haga constar el RNC).
- Legible.
- De ambos lados (cédula).
Nota: Si se trata de extranjero, pasaporte e identificación oficial del país de que se trate (como 2do documento adicional).
Registro Mercantil (únicamente en caso de persona jurídica que realicen actividades comerciales en el país).
- Copia.
- Vigente a la fecha de la realización del acto.
Acta de Asamblea (o documento con la misma fuerza legal avalado por los estatutos sociales).
- Que designe a una persona física para firmar el contrato y/o realizar trabajos ante la Jurisdicción Inmobiliaria.
- Identifique correctamente el inmueble sujeto de la actuación.
- Copia certificada por la entidad societaria.
Nota: En caso de ser un documento diferente al Acta de Asamblea, deberá depositar copia de los estatutos sociales o acto auténtico, certificado por el representante de la persona jurídica de que se trate.
Copia del documento de identidad del depositante.
- Legible.
- De ambos lados.
Pago de Tasa por Servicio.
Pagar en el Banco de Reservas correspondientes a la Jurisdicción Inmobiliaria por la suma de RD$1,000.00 correspondiente a la solicitud de expedición de la Certificación para cada derecho.
Impuestos a pagar en la Dirección General de Impuestos Internos.
- Certificación Original de la Dirección General de Impuestos Internos donde se haga constar que el inmueble está al día con sus obligaciones o que está exento del pago.
- Recibo Ley No. 173-07, o Certificación de exención. Por un equivalente al 2% del monto de la hipoteca.
- Un Sello Ley 91 RD$50.00.
- Recibo Ley 33-91 RD$10.00.
- Recibo Ley 89-05 RD$100.00 del Colegio Dominicano de Notarios por cada acto notarizado que contenga el expediente.
Nota: Las tasas por servicios para depósitos remotos a los diferentes Registros de Títulos se pagan en el Banco de Reservas. El depósito remoto para la provincia de Santo Domingo tiene un costo de RD$300.00 (código 015 del Formulario de tasas por servicio). El depósito remoto para las localidades del interior tiene un costo de RD$800.00 (código 016 del Formulario de tasas por servicio).
Observaciones: El Distrito Catastral determina a cual Registro de Título pertenece su inmueble. Para los casos concernientes al Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo los Distritos Catastrales números 02, 03, 04, 05 y 13 pertenecen al Distrito Nacional, el Distrito Catastral número 01 es compartido entre el Registro de Título de la provincia Santo Domingo y el Registro de Título del Distrito Nacional. Todos los demás Distritos Catastrales pertenecen al Registro de Título de la provincia Santo Domingo.
Fuente del Artículo | Jurisdicción Inmobiliaria - Poder Judicial Dominicano.
Publicaciones recientes
¿Qué es el Fideicomiso?
Fiduciarias
Inscripción de inmuebles amparados con certificado de Títu…